Retribuciones

RD 6/1995: retribuciones en el extranjero

La norma que explica por qué el sueldo de un funcionario en el exterior no se calcula como una nómina ordinaria en España.

El Real Decreto 6/1995 regula las retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero. Su idea central es sencilla: el funcionario mantiene las retribuciones que le correspondan en España y puede percibir, además, una indemnización que compensa las condiciones económicas y de vida del país de destino.

LO ESENCIAL

Qué añade al sueldo de España

La indemnización busca equiparar el poder adquisitivo y compensar una posible disminución de la calidad de vida. No consiste en una cantidad fija para todos los destinos: se calcula aplicando módulos distintos según el país y las circunstancias de vivienda.

  • Poder adquisitivo: tiene en cuenta las diferencias de precios y moneda entre España y el país de destino.
  • Vivienda: distingue entre quien paga sus propios gastos de alojamiento y quien dispone de vivienda.
  • Calidad de vida: considera circunstancias del destino como lejanía, clima, seguridad, comunicaciones o disponibilidad de servicios.
LA FÓRMULA

Sobre qué cantidades se calcula

La norma aplica los módulos sobre determinadas retribuciones españolas: sueldo, complemento de destino y complemento específico. La indemnización resultante se suma después a las retribuciones españolas que correspondan.

Esta es la razón por la que dos funcionarios en países diferentes pueden percibir cantidades muy distintas aunque pertenezcan al mismo cuerpo. También explica por qué no basta con aplicar un porcentaje de IRPF al total bruto para estimar el neto.

EN LA PRÁCTICA

Comprueba un caso concreto

La guía del sueldo docente en el exterior explica el sistema desde el punto de vista de quien valora presentarse al concurso. Para comparar países, vivienda y datos de nómina puedes utilizar la calculadora de sueldo de EXTERA.

Consultar texto oficial Fuente oficial para comprobar el texto consolidado y su vigencia.